Según el artículo 38º apartado nº 3 de los presentes estatutos federativos le son asignadas las siguientes competencias:
a.- Velar y vigilar por todo lo concerniente a las normas de arte en el campo religioso, así como de la estética que presenten los "pasos" y las Imágenes, teniendo en cuenta la tradición escultórica granadina y el carácter procesional de las mismas, su dignidad artística, estética y decoro cofrade.
b.- Entregar a la Junta de Gobierno para su conocimiento y ratificación, en su caso, los informes que habrán de ser remitidos a las Hermandades y Cofradías federadas sobre el parecer recabado por las mismas en cuanto a las innovaciones y estrenos o modificaciones que se pretendan efectuar, en especial a aquellas de nueva creación.
c.- Proponer a la Junta de Gobierno las sanciones que procedan, o crea oportunas, a las Cofradías y Hermandades federadas por el incumplimiento total o parcial de las normas contempladas en el número 2, letra l) del artículo 8º y números 4 y 5 de la letra y) del artículo 19º de los estatutos federativos, llegando incluso a prohibir la presencia de enseres y elementos que no hayan sido sometidos a la aprobación de la Junta de Gobierno.
Otras atribuciones son:
* Fomentar en los cofrades con responsabilidad sobre la custodia y el cuidado del patrimonio de cada una de las Hermandades y Cofradías federadas su cuidado y atención, como expresión de respeto hacia el legado de nuestras generaciones anteriores, testimonio del quehacer humano y signo de identidad de nuestras corporaciones nazarenas.
* Dirigir y orientar la realización de inventarios pormenorizados de todos los enseres propiedad de cada una de las Hermandades y Cofradías que forman parte de esta Real Federación, para ello facilitando el material, gráfico e informático, necesario en el que se encuentren detallados: autoría, fecha, estilo y técnica de ejecución, estado de conservación e intervenciones, autoría de las mismas, condiciones y lugar de exposición o depósito, etc, de cada uno de ellos.
* Atender las necesidades de conservación e intervención de los enseres que forman parte del inventario general de las Hermandades y Cofradías federadas, asi como orientar los procesos de intervención que se efectúen sobre ellas sin menoscabo de las directrices marcadas por la Comisión de Patrimonio de la Diócesis, en este campo de actuación.
* Elevar a la instancia superior aquellas modificaciones y remodelaciones que sean efectuadas en los enseres del patrimonio de las Hermandades y Cofradías federadas, asi como comunicar los datos referentes a las nuevas incorporaciones.
* Impulsar una cultura conservacionista que permita rescatar del olvido algunos de los enseres que dejaron de ser utilizados, hoy se conservan en precario estado, y siguen siendo portadores de un lenguaje plástico signo de identidad de nuestras corporaciones nazarenas. Todo ello con la finalidad de ser nuevamente procesionados o correctamente expuestos.
* Priorizar las actuaciones de aquellas piezas artísticas, pertenecientes al patrimonio de las Hermandades federadas, con necesidad de intervención según criterios de relevancia, significado, identidad y antigüedad de las mismas.
* Orientar la instrucción de priostes, albaceas y vicealbaceas en lo referente a las técnicas y materiales más empleados en los talleres artesanales de orfebrería, bordado, ebanistería, talla, y dorado, para que al adquirir nuevo patrimonio, éste sea de la calidad que se pretenda en cada caso.
* Dar a conocer a priostes, albaceas y vicealbaceas las más elementales normas de manipulación y exposición de objetos artísticos.
* Cumplir y hacer cumplir los estatutos federativos en su artículo nº 38º apartado nº 3, que hacen referencia a la función de la vocalía de arte, ornato y manifestaciones públicas.
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